jueves, 5 de julio de 2012

Gratificación por Fiestas Patrias debe pagarse hasta el 14 de julio


Hasta el sábado 14 de este mes tienen plazo los empleadores para cumplir con el depósito de las gratificaciones por Fiestas Patrias a sus trabajadores, que estan exoneradas de los descuentos por AFP, ONP y Essalud, que representan el 22% de este beneficio.

Esto de conformidad con la Ley N° 29714, que desgravó del pago de este aporte a las gratificaciones de julio y diciembre hasta el 2014.

Como se sabe, los trabajadores -tanto de la actividad privada como del sector público sujetos al régimen privado- aportan el 13% de sus sueldos por concepto de pensiones a la ONP o AFP y el 9% a EsSalud.

El gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, explicó que los trabajadores sujetos a contrato laboral indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial, así como los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo tienen derecho a recibir la gratificación de julio, no requiriéndose que laboren un mínimo de cuatro horas diarias para acceder al beneficio.
En tanto, los trabajadores del hogar tienen derecho a una gratificación equivalente a medio sueldo.
Zavala recordó que los depósitos a las cuentas bancarias de los trabajadores podrán realizarse hasta el sábado 14 y hasta un día después, si la entrega es en dinero en efectivo.
"El pago de la gratificación es durante la primera quincena de julio. Se difiere al día hábil siguiente solo para la CTS", dijo.

Sunat cerrará establecimientos comerciales a la primera falta tributaria


El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, anunció que los establecimientos comerciales serán cerrados a la primera falta tributaria, como una forma de reforzar la entrega de comprobantes de pago a los usuarios.

Castilla explicó que se hicieron cambios al Código Tributario para mejorar los procedimientos de fiscalización de la Sunat, así como las controversias tributarias que se tiene con el Tribunal Fiscal.

“Puedo destacar el reforzamiento del cumplimiento de entregas de comprobantes de pago, aplicando la sanción de cierre de establecimientos  a la primera infracción”, señaló.
Asimismo, en el caso del Tribunal Fiscal se utilizará la jurisprudencia para agilizar los procesos y de esa manera no tener juicios eternos como los que hay actualmente. “Es para salvaguardar la seguridad jurídica de los contribuyentes”, añadió Castilla.

Cambios en la Ley Penal Tributaria
Castilla señaló que también se modificó la Ley Penal Tributaria y se incrementaron las penas para la defraudación tributaria, así como para los contribuyentes que presenten información falsa tanto en el RUC, comprobantes de pago, entre otros.

También se penalizará el almacenamiento en locales no autorizados por la Sunat y la falsificación de comprobantes de pago.

Finalmente, Castilla informó que se inhabilitará de contratar con el Estado hasta con siete años para personas naturales y con cinco años a personas jurídicas que hayan cometido algún delito tributario. 
Fuente RPP