martes, 19 de enero de 2021

CRONOGRAMA PARA PRESENTACIÓN DE LA DD.JJ ANUAL 2020 - IMPUESTO A LA RENTA

Por el ejercicio gravable 2020, los deudores tributarios presentan la declaración y, de corresponder, efectúan el pago de regularización del impuesto y del ITF de acuerdo con el siguiente cronograma:
El FV N° 709 estará disponible a partir del 15 de febrero de 2021, mientras que los FV N°s 710 Renta Anual (simplificado y completo) estarán disponibles a partir del 2 de enero de 2021. Asimismo, la información personalizada se encontrará disponible a partir del 15 de febrero de 2021. Ya puedes ingresar a la web SUNAT https://www.sunat.gob.pe/portalanterior.html DECLARA RENTA ANUAL 2020 - Personas y Empresas.

CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MENSUALES PARA EL AÑO 2021 - ANEXO II

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000224-2020/SUNAT, publicada el 27 de diciembre de 2020 en el diario oficial El Peruano, se establecen los nuevos cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los registros de Ventas e Ingresos y de Compras llevados de forma electrónica correspondientes al año 2021. Por su parte, se ha establecido las fechas máximas de atraso de los registros de Ventas e Ingresos y de Compras electrónicos “enero a diciembre 2021” y, del mismo modo, para lo buenos contribuyentes y las UESP, en función de un cronograma único (Anexo II), según lo siguiente:
A partir del 2021, ya no se usará dos cronogramas diferenciados, como el tipo A y el tipo B.

CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MENSUALES PARA EL AÑO 2021 - ANEXO I

La Resolución de Superintendencia N° 000224-2020/SUNAT, publicada el 27 de diciembre de 2020 en el diario oficial El Peruano, se establecen los nuevos cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales. Respecto del cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales (Anexo I), se usará respecto de los siguientes supuestos: • Declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos • Declaración y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) • Buenos contribuyentes y las Unidades Ejecutoras del Sector Público (UESP).

VALOR DE LA UIT PARA EL EJERCICIO 2021

De acuerdo a lo establecido en la norma XV del Título Preliminar del Código Tributario, la UIT es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias (entre otros) para determinar las bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos que considere conveniente el legislador. También podrá ser utilizada para aplicar sanciones, determinar obligaciones contables, inscribirse en el registro de contribuyentes y otras obligaciones formales.